ADVERTENCIA IMPORTANTE
La siguiente información es de carácter orientativo y se basa en datos públicos de las aduanas. Las leyes pueden cambiar. Verifique siempre en las fuentes oficiales (Aduana de Chile, Aduana Nacional de Bolivia) antes de viajar.
Chile (Servicio Nacional de Aduanas)
- Límite para Declarar: USD 10.000 (diez mil dólares americanos) o su equivalente en otras monedas.
- Normativa: Toda persona que ingrese o salga de Chile con montos *superiores* a USD 10.000 debe declararlos.
- Sanción por No Declarar: Multa de hasta el 30% del valor no declarado y posible retención del dinero.
Bolivia (Aduana Nacional)
- Límite para Declarar (Ingreso): USD 50.000. Montos entre $10.000 y $50.000 se declaran en el Formulario 250. Montos superiores requieren operación bancaria.
- Límite para Declarar (Salida): USD 20.000. Montos entre $10.000 y $20.000 se declaran en el Formulario 250. Montos superiores requieren operación bancaria.
- Sanción por No Declarar: Multa del 30% sobre el monto no declarado.
Puntos Clave y Riesgos
- "Declarar" no es ilegal: Es un requisito obligatorio para prevenir el lavado de activos. Es ilegal *NO declarar*.
- Riesgo Físico: Esta simulación es puramente financiera. No considera el alto riesgo de seguridad que implica transportar grandes sumas de dinero en efectivo físicamente entre fronteras.